Traspaso de Acciones SpA [Guía 2021]

Publicado el
30/1/2024
Autores
Clemente Hernández Gemigniani
Corporativo | Tributario | Internacional
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Como Realizar un Traspaso de Acciones o Venta de Derecho de Llaves en una SpA:

Todo lo que debes saber sobre Traspasos de acciones en una SpA

  1. Realizar un traspaso de acciones firmando ante notario o antes dos testigos hábiles mayores de 18 años.
  2. Inscribir el Traspaso de Acciones en el Registro de Accionistas.
  3. Solicitar Certificado de Anotaciones (solo Empresa en un Día).
  4. Informar el Traspaso al Servicio de Impuestos Internos.
  5. Venta de Derecho de Llaves.
  6. Precaución con Vender Acciones a Personas Jurídicas: Consecuencias Tributarias
  7. Forma de Tributación del Mayor Valor Obtenido por la Venta de Acciones.
  8. Bonus: Agregar Pactos de Accionistas.
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Además, permiten comprar una empresa (traspaso de acciones SpA o SA) a través del llamado "derecho de llaves", siendo un mecanismo útil para adquirir negocios de forma rápida y segura.

La flexibilidad  en el ingreso de nuevos accionistas a tu negocio es clave para que tu capital tanto humano como económico crezca.

En este post te enseñaremos a realizar un traspaso de acciones de forma inteligente, económica y segura, evitando errores.

Veamos el Paso a Paso:

I. ¿De qué forma se realiza el Traspaso de Acciones?

En primer lugar, se  debe realizar un contrato de compraventa de acciones firmado por comprador y vendedor.

Esta compraventa puede llevarse a cabo de cualquiera de las siguientes formas:

  1. Reducida a escritura pública y/o protocolizada ante notario. 
  2. Firmar la compraventa ante Notario (autorizando firma).
  3. Frimar privadamente por vendedor y comprador ante 2 testigos mayores 18 años.

Debes obligatoriamente incorporar esta actuación al Registro de Empresas y Sociedades (Empresa en un día), debes hacerlo a través de una “anotación” (ver punto IV).

En caso de que tu sociedad esté constituída en el sistema registral normal, entonces no será necesaria dicha anotación, y solo debemos informar al SII (F3239) dentro del plazo de 15 días.

II. Informar al Servicio de Impuestos Internos del Traspaso de Acciones

Dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se firma el Traspaso de Acciones, se debe concurrir a la oficina del Servicio de Impuestos Internos para informar el Traspaso. 

En la práctica, se debe llenar el Formulario 3239 y declarar el ingreso, retiro o cambio de los accionistas y sus participaciones en el capital de la Sociedad.

Si deseas informarte más, puedes revisar la resolución exenta N°55 del año 2003, o bien consultar las modificaciones que deben informarse al SII.

III. Solicitar Certificado de Anotaciones (Solo Empresa en un Día)

Es un certificado que lleva una referencia de los documentos registrados asociados a tu empresa. En este caso, aquella compraventa donde consta el traspaso de acciones. Los documentos se ordenan cronológicamente.

Si utilizas la plataforma tu empresa en un día debes ingresar al icono “anotación” que se encuentra en la parte inferior izquierda de la página de inicio.

Luego, el sistema pedirá tu Rut y clave de autenticación. En tipo de documentos debes indicar “otros documentos”. En la descripción del documento debes indicar “compraventa de acciones”. A continuación debes adjuntar el documento en pdf.

Por último la actuación debe ser firmada ante notario electrónicamente.

Además, puede que debas realizar una modificación de los estatutos de tu sociedad, dando cuenta del contrato de compraventa y cambiando la información de los accionistas actuales. Esto solo es necesario en el caso que los accionistas aparezcan en un artículo permanente (no transitorio).

Para aprender en el paso a paso cómo realizar una modificación de estatutos, revisa nuestro post sobre Modificación de Sociedad.

IV. Inscribir la Transferencia en el Registro de Accionistas

Este registro, es básicamente un libro donde constan quienes son los accionistas que han pasado por la sociedad. Constan tambien las transferencias de acciones y otros pactos que veremos enseguida.

Es importante destacar que, anotar los traspasos de acciones es responsabilidad del Gerente General o Administrador de la Sociedad por Acciones (SpA). 

¡Debes tener especial consideración con lo siguiente!

En conformidad al artículo 446 Código de Comercio, el cesionario debe señalar en el instrumento donde consta la traspaso de acciones, lo siguiente:

  1. Declarar que conoce la normativa legal que regula este tipo de sociedad,
  2. Que conoce el estatuto de la sociedad y las protecciones que en ellos puedan o no existir respecto del interés de los accionistas.

Es muy importante que sepas que la omisión de esta declaración no invalida el traspaso. La omisión hace responsable a quien transfiere de los perjuicios que genere esta omisión. Por lo tanto, te recomendamos tener especial cuidado con esta condición.

En el siguiente link podrás encontrar el modelo de compraventa proporcionado por tu empresa en un dia:  https://www.tuempresaenundia.cl/VD/FormatosTipo.aspx

V. Venta de Derecho de Llaves

¿Qué es el derecho de llaves?

Comprar un negocio en marcha o ya existente es muchas veces una buena inversión.

La Venta de Derecho de Llaves consiste entonces en comprar la empresa en su totalidad. Esto incluye:

  • Cartera de Clientes
  • Marcas Comerciales
  • Activo Fijo
  • Contrato de Arriendo o Propiedad
  • Contratos con Proveedores y Clientes
  • La Sociedad misma.
  • Prestigio del Local Comercial.

Como se puede apreciar, el valor del negocio recae sobre activos intangibles, que le dan valor al negocio.

Venta de Derecho de Llaves: ¿Cómo se hace?

Hay 2 formas de realizar esta operación:

A) Venta de Derecho de Llaves a través de Traspaso de Acciones (RECOMENDADO):

Consiste en adquirir el negocio y la totalidad de sus activos, contratos, etc, mediante una compraventa de acciones.

Es decir, adquirimos la Sociedad que es dueña de todo el negocio. Lo importante en esta operación es:

  1. Realizar un estudio previo de la Sociedad que se adquiere. Ver estado financiero, tributario y contable. Conocido como Due Dilligence.
  2. Asegurar el pago por las acciones y fijar el precio. Importante ver las consecuencias tributarias (ver punto VII más abajo).
  3. Modificar los Estatutos y la Representación Legal de la Sociedad.
  4. Dar aviso al SII (ver punto II más arriba).

B) Venta de Derecho de Llaves a través de Compra Venta de Activos

Conocido como una Compraventa de Activos, esta opción consiste en comprar el inmueble, muebles o inventario en que consiste el negocio.

No lo recomendamos para los fines tratados en este Blog, ya que es más complicado que comprar las acciones.

Es importante conocer las formalidades legales de cada activo que se quiera adquirir.

VI. PRECAUCIÓN: Si vas a vender acciones a otras Sociedades, ten en cuenta lo siguiente:

Muchos emprenedores y Sociedades están acogidas al Régimen de Contabilidad Simplificada de nuestra Ley de Impuesto a la Renta.

Cuando una SpA vende parte de sus acciones a otras sociedades chilenas, esta venta deberá ser aprobada previamente por la totalidad de los accionistas en Junta Extraordinaria.

En caso de que estas acciones se vendan a dichas sociedades, la SpA no podrá acogerse al Régimen de Contabilidad Simplificada. O bien, deberá abandonar este régimen y optar por uno de los siguientes:

  • Régimen de Renta Atribuida (Art. 14 letra A LIR)
  • Régimen Semi Integrado (Art. 14 Letra B) LIR)

Ambos regimenes obligan a la Sociedad a llevar contabilidad completa.

EXCEPCIÓNES:

  • Cuando la venta de acciones se realiza a otra Sociedad acogida al Régimen de Renta Atribuida (14 Letra A)
  • Cuando la venta de las acciones es a una Sociedad Extranjera.

VII. Mayor Valor en la Enajenación de Acciones.

Es importante ver la posibilidad de Pago de Impuestos por Venta de Acciones.

Teniendo en cuenta que las acciones son de propiedad de cada accionista, puede ocurrir lo siguiente:

1) Contribuyente que vende es afecto a Impuesto de Primera Categoría (Empresas)

El mayor valor obtenido en la venta de acciones se afecta a Impuesto de Primera Categoría, Global Complementario o Impuesto Adicional. Lo anterior, sobre las rentas percibidas y devengadas.

2) Contribuyentes sin Renta Efectiva (Personas Naturales)

a) Si vendes a Personas Relacionadas:

  • Se afectan con IGC o IA, sobre rentas percibidas o devengadas.
  • Sin opción de reliquidar el IGC.
  • Sin derecho a Ingreso No Renta con límite de 10 UTA.

b) Si vendes a No Relacionados:

  • Es "Ingreso No Renta", con límite de 10 UTA ($5.900.000). Es decir, si entre el valor de las acciones y su valor de venta no se supera dicho monto, no se paga impuestos.
  • Si no cumple con el límite de 10 UTA, es renta por el total del valor de venta.
  • El vendedor tributa la renta en su Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional.
  • Opción de Reliquidar el Impuesto Global Complementario, sobre rentas devengadas.

Adicionalmente, puede considerar:
1.- La normativa del artículo 107 de la LIR, para verificar los requisitos de INR en la enajenación
 2.- Si la adquisición fue antes del 31.01.1984, INR

Lo anterior tiene importantes consecuencias tributarias, que se reflejarán en el Impuesto Global Complementario del accionista vendedor. 

VIII. Consideraciones Respecto al IVA:

Respecto al IVA, es importante destacar que una transferencia de acciones no está sujeta a este impuesto. El SII, en su oficio N°30 del año 2018 es claro en establecer que "la enajenación de acciones o derechos sociales no se encuentra comprendida en la definición de "venta" del Art. 2° N°1 de la ley del IVA."

IX. Ten en cuenta los siguientes trucos al Traspasar Acciones en una SpA:

Cláusulas y Pactos Sobre Transferencias de Acciones

Te explicaremos brevemente las principales cláusulas sobre cesión de acciones que debes tener especial consideración en el desarrollo de tu negocio.

Estos pactos son acuerdos entre todos o algunos de los accionistas respecto de la distintas materias. Principalmente regulan la libre accesibilidad de las acciones. Por consiguiente, permiten que bajo ciertas circunstancias se pueda exigir la venta de acciones a todos o parte de los accionistas, a favor de otros accionistas o a terceros

1. Derecho de primera oferta o "Right of first offer":

Se establece que si un accionista quiere vender sus acciones a un tercero, primero debe ofrecerles al resto de los accionistas. En caso de que esta oferta haya sido rechazada, el accionista quedará liberado para vendérselas a un tercero. Esta segunda oferta debe hacerse bajo las mismas condiciones de la primera oferta hacia los accionistas.

2. Derecho de primer rechazo

En esta cláusula, a diferencia de la anterior, existe una oferta por parte de un tercero para comprar las acciones. Entonces, el accionista receptor de la oferta no puede comprar de inmediato. Deberá ofrecer esas mismas acciones a los demás accionistas bajo los mismos términos y condiciones

3. Derecho de acompañamiento:

Tiene como finalidad proteger a los accionistas minoritarios. Debe existir una oferta de compra por parte de un tercero hacia un accionista mayoritario. Producto de esta oferta, los demás accionistas tendrán derecho a integrarse a ella. Luego, los accionistas minoritarios podrán vender sus acciones bajo los mismos términos y condiciones. El objeto de facilitar la transacción.

4. Derecho de arrastre:

Tiene como finalidad proteger los intereses de los accionistas mayoritarios. Permite exigir a los accionistas minoritarios que enajenen sus acciones. Esto es producto de la oferta un tercero que tiene la intención de controlar la totalidad de la sociedad. Como resultado, asegura la comprar del total de la tenencia accionaria,.

5. Periodo de bloqueo: 

Es una cláusula que se le impone generalmente a los fundadores de la sociedad con el objeto de que no puedan vender sus acciones por un tiempo determinado. Se realiza esto, ya que, generalmente son los fundadores  las personas claves para llevar a cabo el negocio.

6. Opción de venta:

proporciona al comprador, tenedor o suscriptor, el derecho, pero no la obligación, de vender cierto activo a un precio prefijado, determinado o determinable, en una fecha específica o antes de ella.

7. Opción de compra:

Bajo ciertas circunstancias el vendedor de la opción “call” está obligado a vender sus acciones cuando el comprador ejerza su derecho a comprar.

8. Derecho a Re-Compra:

Derecho que tiene la sociedad para re comprar las acciones frente el acaecimiento de determinados eventos.

9. Buy - Sell agreement:

Es un acuerdo de traspaso de acciones que se realiza al ocurrir ciertos acontecimientos. Por ejemplo, la muerte de uno de los accionistas; el abandono del negocio por parte de un accionista o; la insolvencia de uno de los accionistas, entre muchas otras razones.

10. Squeeze - outs:

Permite al accionista mayoritario forzar la salida de los accionistas minoritarios cuando posee una alta cantidad de acciones de la sociedad. Luego, se concentra todo el capital en manos de un accionista.

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