En nuestra vida, muchas veces, al ir a comprar, nos hacen la clásica pregunta: ¿Boleta o factura?, como emprendedores debemos saber que el establecimiento nos está preguntando:¿Somos un intermediario o un consumidor final de dicho producto que estamos adquiriendo?
Tanto las boletas de venta y las facturas son comprobantes de pago utilizadas por empresas de todos los tamaños, y tienen la calidad de documento tributario, ya sea físico o electrónico. Es importante conocer las diferencias que existen entre ambas.
Estos documentos son los medios oficiales a través de los cuales se demuestran ingresos y gastos en las empresas para efectos de la contabilidad. Los contribuyentes con actividades a afectas a IVA, deben incluir este impuesto en la boleta. El IVA se traspasa de intermediario a intermediario, hasta llegar al consumidor final, quien va a recibir la boleta y finalmente soportará la carga total del tributo.
El impuesto asciende a un 19% del valor de la venta. La diferencia más importante es que cuando se emite factura, son operaciones entre empresas o personas que necesitan acreditar costos o gastos ante el SII, por lo que presentan mayor complejidad e información. En cambio la boleta no requiere la individualización de la persona que recibe la mercadería.
Entre intermediarios se genera en virtud del IVA un crédito fiscal, es decir el estado no le va a cobrar lo que el intermediario pagó por IVA, por lo que por ejemplo, si compro un martillo en $1.000 a una fábrica en china, este, además de pagar el impuesto aduanero, debe pagar el primer IVA de $19%, es decir 190 pesos. pero luego si lo vendo en mi tienda en $3.000 vuelvo a tener una deuda tributaria de $570, pero como ya pagué 190 y no soy el deudor final, solamente voy a deber a tesorería $380.
El SII, desde el año 2014, busca establecer un sistema de facturas electrónicas gratuito y estatal, a través del cual el mismo organismo pueda obtener una información más transparente y un sistema más uniforme, para la emisión de estos documentos comprobantes de pago por parte de las empresas. Los requisitos son la instalación de un certificado electrónico que permite la emisión de facturas mediante la autorización de la firma del representante legal. Además se debe, individualizar al comprador, con el RUT, nombre, domicilio, el el servicio o mercadería y su precio.
Nosotros en New Society Solutions, contratamos con la empresa www.e-certchile.cl. El trámite se debe realizar a través de la página del SII, una vez acreditado el domicilio e iniciadas las actividades de la sociedad, requisitos copulativos para la emisión de facturas y documentos tributarios.
Nuevo sistema gratuito del SII, en el cual en el portal SII los representantes legales de empresas que cuenten con el certificado electrónico de su firma podrán emitir estos documentos tributarios a cualquier persona jurídica o natural que haya iniciado actividades ante el SII.
La factura electrónica es toda una innovación en materia tributaria. vamos a hablar sobre ella próximamente en nuestro blog!
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